Monthly Archives - agosto 2016

Denominación de una sociedad no profesional no puede tener alusiones a una actividad profesional

FICHAS DE SENTENCIAS
AMBITO Resoluciones de la DGRN
MATERIA Denominación de una sociedad no profesional  no puede tener alusiones a una actividad profesional
REFERENCIA A LA SENTENCIA/RESOLUCION RSL DGRN 23/09/2015 BOR 14/10/2045
CUESTION
La constitución de una SL no profesional no puede tener como denominación social una actividad profesional como por ejemplo ingeniería
Sentencia/ Resolución
En base al artículo 406 del Reglamento del Registro Mercantil prohíbe las denominaciones que induzcan al error o confusión  y el 402 del mismo texto legal establece la prohibición de una denominación objetiva que haga referencia a una actividad no incluida en el objeto social

Con lo cual existe una doble prohibición que imposibilita la inscripción

COMENTARIOS
La mención de ingeniería sin hacer la precisión de que es una intermediación en actuaciones de ingeniería como es el caso da lugar a confusión en el sentido de que se presenta en el trafico mercantil como una ingeniería cosa que no es . De ahí el objeto de esta prohibición

Reducción del capital social con la finalidad de restablecer el equilibro

FICHAS DE SENTENCIAS
AMBITO Resoluciones de la DGRN
MATERIA Reducción del capital social con la finalidad de restablecer el equilibro
REFERENCIA A LA SENTENCIA/RESOLUCION RSL DGRN 16/11/2045 BOE 09/12/2015
CUESTION
No se inscribe la reducción del capital social de una SL con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio contable disminuido con consecuencia de perdidas , dotación a la reserva legal y constituir reservas voluntarias
Sentencia/ Resolución
Puede comprometerse las garantías de cobro de los acreedores si posibilita que las reservas puedan distribuirse como beneficios futuros entre los socios en lugar de compensar las pérdidas será admisible solo en el caso de compensar las pérdidas como establece la LSC pero no en el caso de la constitución de reservas y menos de reservas voluntarias susceptibles de reparto entre los socios.
COMENTARIOS
Solo cabría admitir la inscripción solicitad cuando voluntariamente se dispongan medidas tuitivas como por ejemplo en reconocimiento estatutarios a los acreedores de un derecho de oposición o bien con la garantía para  los mismos constituyan la responsabilidad de los socios bien establecida estatutariamente o bien asumida por ellos.

Legalización del Libro registro de socios

FICHAS DE SENTENCIAS
AMBITO Resoluciones de la DGRN
MATERIA Legalización del Libro registro de socios
REFERENCIA A LA SENTENCIA/RESOLUCION RSL DGRN 10/12/2015 BOE 28/12/2015
CUESTION
¿Es posible legalizar un libro registro de socios presentado al efecto en el mes de septiembre de 2015 sin que resulte el ejercicio social a que se refiere?
Sentencia/ Resolución
La legalización del libro de socios o acciones nominativa está sujeta a las reglas temporales generales en aquellos ejercicios en los que por existir alteración en la titularidad o constitución de gravámenes se ha modificado su contenido.

Si el interesado desea llevar a cabo una legalización fuera del plazo legalmente establecido y el detalle de determinados asientos debe ponerlo de manifiesto al registrador en la instancia de solicitud de inscripción .

COMENTARIOS
La pretensión de solicitar una legalización parcial  anticipada de asientos del libro registro de socios debe tener acogida en nuestro sistema pero es fundamental que la solicitud así lo haga constar

Revisión de valoraciones de las aportaciones en la constitución de una sociedad

FICHAS DE SENTENCIAS
AMBITO Resoluciones de la DGRN
MATERIA Revisión de valoraciones  de las aportaciones en la constitución de una sociedad
REFERENCIA A LA SENTENCIA/RESOLUCION RSL DGRN 23/11/2015 BOE 17/12/2015
CUESTION
La legislación vigente no contempla la rectificación de la cifra de capital social inicialmente fijada en los estatutos inscritos por causa de la revisión de las valoraciones efectuadas de las aportaciones no dinerarias , someten a la sociedad a una situación irregular en la que el capital social no ésta total o íntegramente desembolsado
Sentencia/ Resolución
La LSC establece claramente que la sociedad no puede rebajar la cifra de capital social inscrito en perjuicio de terceros y sin respetar para ello los requisitos previstos en la Ley para la reducción de capital la sociedad deberá realizar nuevas aportaciones hasta cubrir el capital inscrito
COMENTARIOS
Se produce una situación bastante atípica sin entrar en el tema de la responsabilidad del que efectuó la aportación y de los administradores la sociedad tendrá que optar o bien por su desaparición o bien por completar su capital social que se ha visto mermado la nueva cifra resultante de las nuevas valoraciones. Esta situación no es extraña ni tan atípica como parece pues muchas veces se constituye una sociedad con aportaciones que no son reales y la ley busca que esta actividad no se realice.

Libros mercantiles legalización obligatoria

FICHAS DE SENTENCIAS
AMBITO Resoluciones de la DGRN L
MATERIA Legalización obligatoria de libros 2014
REFERENCIA A LA SENTENCIA/RESOLUCION RSL DGRN 07/09/2015 BOE 01/10/2015
CUESTION
LA fecha de la diligencia de cierre del libro no puede ser posterior a la presentación  a la fecha de presentación en el registro Mercantil
Sentencia/ Resolución
El evidente error de fecha que resulta de los hechos no tienen discusión
COMENTARIOS
No se puede acceder a los libros del registro pues este no puede contener datos contradictorios que induzcan a error a los que resulten de su contenido

Aumento de Capital por compensación de créditos

FICHAS DE SENTENCIAS
AMBITO Resoluciones de la DGRN
MATERIA Aumento de capital por compensación de créditos
REFERENCIA A LA SENTENCIA/RESOLUCION RSL DGRN 02/10/2015 BOE 22/10/2015
CUESTION
Entre los créditos aportado consta uno que corresponde a persona física en concepto de préstamo para adquirir activos y que se realizó siete días antes de la celebración de la Junta general

La registradora suspende la inscripción al considerar que la cercanía de fechas impide considerar la aportación como crédito contra la sociedad eludiéndose el régimen imperativo para las aportaciones de dinero

Sentencia/ Resolución
No existe si embargo indicio alguno que permita afirmar que la entrega obedezca a causa distinta m, ni que la causa de la entrega será una asunción de capital ( aunque la cercanía de las fechas no ayuda a considerar esto)
COMENTARIOS
No existe interés protegible, no se produce circunstancia alguna para entender que el aumento acordado su finalidad era al postergación del derecho individual de los socio que no han acudido a la asunción ( ya que existía una previa renuncia al derecho de adquisición preferente)

Objeto social (emprendedores) necesidad de coincidir con las descripciones del CNAE

FICHAS DE SENTENCIAS
AMBITO Resoluciones de la DGRN L
MATERIA Emprendedores obligación de utilizar en el Objeto social las descripciones de CNAE
REFERENCIA A LA SENTENCIA/RESOLUCION SL DGRN 23/07/2015 (BOE 24/09/2015)
CUESTION
La inscripción de constitución en lo referente al objeto social debe contener expresamente el CNAE
Sentencia/ Resolución
En caso de no coincidir dicho código con la actividad a realizar deberá incluir el que mejor describa la actividad y con el desglose suficiente cuestiones que calificará el Registrador
COMENTARIOS
Con lo cual dejamos en manos de los registradores la inscripción de sociedades en las cuales ejerzan nuevas actividades y no tengan un claro CNAE que aplicarse.

Objeto Social inclusión de la palabra etceterá

FICHAS DE SENTENCIAS
AMBITO Resoluciones de la DGRN
MATERIA Incluir la expresión ETC en el objeto social no supone indeterminación
REFERENCIA A LA SENTENCIA/RESOLUCION RSL DGRN 23/07/2015 BOE 24/09/2015
CUESTION
AL realizar la descripción del objeto social se incluye la expresión Etc. (etcétera) para evitar repeticiones o relaciones extensas de actividades comprendidas inicialmente
Sentencia/ Resolución
al ubicarse al final de una relación comprensiva de sustantivos (repuestos, complementos  de vehículos…) se trata básicamente de evitar la enumeración de un listado demasiado amplio de vocablos
COMENTARIOS
Es indudable
Que la actividad especificada acota suficientemente el sector de la realidad económica en la que la sociedad pretende desarrollar su objeto por eso se hace innecesaria la enumeración exhaustiva de sustantivos íntimamente relacionados pudiendo sustituirse por la expresión etc.

Impugnación de convocatoria a la Junta General ordinaria de accionistas

FICHAS DE SENTENCIAS
AMBITO Resoluciones de la DGRN
MATERIA Impugnación de la convocatoria JGO por faltarle la gratuidad del envió documentación
REFERENCIA A LA SENTENCIA/RESOLUCION RSL DGRN 29/09/2015 BOE 22/10/2015
CUESTION
Se plantea por parte del registrados la nulidad de  la convocatoria del al Junta General Ordinaria de socio por faltarle la obligatoria referencia al derecho de los socios a solicitar el envió gratuito
Sentencia/ Resolución
El sentido de la proporcionalidad ha de regir aquí  ya que los importantes efectos  que produce la nulidad de la convocatorio no pueden dejarse por simples cuestiones de escasa relevancia y que no comprometen los derechos del accionista.
COMENTARIOS
Se establece la doctrina de que no procede la impugnación de acuerdos sociales por la infracción de requisitos meramente procedimentales establecidos en la Ley, los estatutos o las reglamentos de la Junta y del Consejo para la convocatoria salvo que se refieran a la FORMA Y PLAZO para llevarla a cabo

Administradores Mancomunados revocación de poderes

FICHAS DE SENTENCIAS
AMBITO Resoluciones de la DGRN
MATERIA Administradores Mancomunados revocación de poderes
REFERENCIA A LA SENTENCIA/RESOLUCION RSL DGRN 16/09/2015 BOE 08/12/2015
CUESTION
Uno de los administradores mancomunados revoca el poder de otro de los administradores mancomunados ( por se entiende por el cual se le otorga la representación de todos los administradores mancomunados)
Sentencia/ Resolución
Si bien es cierto que en los supuestos en que el poder hubiese sido otorgado por dos administradores mancomunados a favor de uno solo de ello se ha admitido frecuentemente lña revocación de tal poder por parte de uno de los administradores siempre y cuando sean administradores personas Jurídicas o físicas designada por la persona jurídica administradora.

La postura aquí en el caso que nos ocupa es distinta ya que esta teoría antes expuesta no es aplicable cuando el nombrado apoderado es una persona física o jurídica que no ostenta el cargo de administrador

COMENTARIOS
En base al artículo 233 de la LSC esta revocación unilateral desnaturaliza la esencia de la actuación mancomunada en el ejercicio del poder de representación por lo que no cabe más que denegar dicha revocación

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