IRPF. Compraventa con aplazamiento.

IRPF. Compraventa con aplazamiento.

FICHAS DE SENTENCIAS
AMBITO MERCANTIL
MATERIA              IRPF. Compraventa con aplazamiento.
REFERENCIA A LA SENTENCIA/RESOLUCION STA TS 14-09-2015
CUESTION
Devengo del incremento patrimonial en una operación de compraventa de acciones transmitidas en 1995 con cláusula de reserva de dominio y satisfacción del precio en varios plazos, transmitiéndose al comprador, a pesar de la reserva de dominio, determinadas facultades respecto de dichas acciones
Sentencia/ Resolución
Aplicación de la doctrina dictada en sentencias del TS precedentes, de 14-07-2010 y 19-05-11. Una cosa es que haya no haya transmisión a efectos civiles y otra, que a efectos fiscales no se genere un incremento patrimonial. El pacto de reserva de dominio es una garantía del precio aplazado, que suspende la transmisión de la propiedad hasta que se paga el precio, pero no afecta a la obligación fiscal. La imputación temporal de la operación ha de realizarse a medida que se hagan efectivos los sucesivos pagos parciales acordados.
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