FICHAS DE SENTENCIAS | ||
AMBITO | Resoluciones del Tribunal Económico Administrativo Central | |
MATERIA | IS Computo del plazo establecido para presentar declaraciones. | |
REFERENCIA A LA SENTENCIA/RESOLUCION | RSL TEAC 02/03/2016 | |
CUESTION | ||
Computo de plazos en caso de un periodo impositivo quebrado (que no termina el 3/12 sino que tiene otra terminación) | ||
Sentencia/ Resolución | ||
EL Impuesto de sociedades el plazo es 6 meses a partir de la finalización del periodo de un año más 25 días siguiente.
Así pues si el año se cumple el 30 de junio el plazo será seis meses desde el cierre es decir el 31 de diciembre más 25 días lo que nos lleva a un alzo de 24.La misma regla deberá regir que el periodo impositivo termine el ultimo día de un mes que no tenga 31 días. de enero del año siguiente |
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COMENTARIOS | ||
Computo del plazo para la presentación de impuestos para sociedades con el ejercicio quebrado. |