ENUNCIADO |
Tratamiento fiscal por el IRPF de la indemnización por despido
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NÚM. CONSULTA |
V1322-15
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FECHA SALIDA |
29-04-2015 |
CUESTIÓN PLANTEADA |
La entidad, en el ámbito de un ERE, despidió a 20 personas de su plantilla. Pasados 21 meses se plantea contratar a uno de los empleados despedidos. Tratamiento fiscal por el IRPF de la indemnización por despido en el supuesto planteado. |
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CONTESTACIÓN |
Si no queda acreditada la efectiva desvinculación del trabajador despedido, y éste vuelve a ser contratado por la empresa que le despidió, deberá incluir el importe de la indemnización en su declaración por el IRPF, practicando, cuando así proceda declaración complementaria. |
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IMPUESTO |
IRPF (Ley 35/2006) |
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